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No se deje sorprender

 
 

Diagrama  Registro Civil

 
   
       

¡NO SE DEJE SORPRENDER!

Tenga cuidado de ser sorprendido

Con la experiencia que tenemos muchos de nuestros clientes han sido sorprendidos por coyotes o ex servidores públicos.

Les voy a contar un caso en particular, bueno resulta que el señor Juan tenia la necesidad de cambiar su nombre ya que se condujo con otro nombre en todos su actos públicos como privados y decidió hacer la corrección del acta de nacimiento se presento en el registro civil y expuso su problema,  todos pensaríamos en este momento que se trataba de un coyote pero en realidad esta persona era servidor público, posiblemente ante la ignorancia o con tal de ganarse un dinero extra le servidor público, le dijo al señor Juan que si se podía hacer la corrección para el cambio de nombre le da un adelanto de  $1.500.00 los cuales son entregados directamente al servidor público.

El señor Juan regresa   la semana siguiente y le entregan una acta expedida por el registro civil con sellos y papel originales de la institución en donde aparece el nombre corregido hace otro pago de $1.500.00 y se retira muy contento.

Resulta que necesita mas copias certificadas y después de 6 meses regresa para hacer el trámite para que le expidan mas copias certificadas de la nueva acta, al recibir dichas copias resulta que el nombre que tenía anteriormente sigue apareciendo en la misma y el acta no tiene ninguna anotación de que fue modificada.

Es muy común que sucedan este tipo de situaciones ya que la modificación del nombre en  el acta de nacimiento, no es un procedimiento como decir me quiero cambiar el nombre ya.

El señor Juna al darse cuenta del error busco al servidor público y le comentaron que no lo conocían y que esa acta se anularía ya que toda corrección queda asentada en libros del registro civil y solamente procede por resolución judicial en la que el Juez ordena que se envíen  copias al archivo general  del registro civil así como a la dirección regional y a la oficialía donde se registro para que se haga la anotación en los tres libros del registro civil justificando dicha corrección con la sentencia del juez de lo familiar.

Tenga cuidado

Están vendiendo unos discos en los cuales dicen lo siguiente:

EL CAMBIO DE NOMBRE EN LAS ACTAS DE NACIMIENTO. Usted puede cambiar su nombre con el cual fue Registrado y de ahí en adelante usar otro nombre nuevo. Esto se ha realizado desde hace mucho tiempo, para adecuar el nombre que en realidad usa una persona, con el nombre con el cual ésta persona fue registrada en el Registro Civil al nacer, sin embargo, ahora es más sencillo con el nuevo método, recientemente aprobado por la Ley en el Distrito Federal (el 29 de agosto de 2008), con el cual cualquier persona puede modificar su nombre.

También es posible para las personas Transexuales, Travestis, o de cualquier género gay, modificar su nombre adecuándolo al que deseen utilizar e incluso, en algunos casos, modificar el sexo con el cual fueron registrados al nacer, por modificaciones corporales realizadas después del nacimiento.
 
El costo de tramitación de EL CAMBIO DE NOMBRE EN LAS ACTAS DE NACIMIENTO mediante nuestro sencillo y novedoso método de autojuicio es de $4,000 (CUATRO MIL PESOS MEXICANOS) COMO PAGO UNICO Y SIN COSTOS EXTRA, cantidad por la que Usted recibirá un CD con los formatos correspondientes y toda la asesoría personal, telefónica, por chat y por correo electrónico que necesite, brindada por abogados calificados, expertos en Derecho Familiar, para que Usted mismo pueda tramitar en forma personal su rectificación de acta. Para más información acerca de éste método del autojuicio dar click aquí. O si lo prefiere, por tan sólo $6,000 (SEIS MIL PESOS MEXICANOS) COMO PAGO UNICO Y SIN COSTOS EXTRA nuestro Departamento Especializado en RECTIFICACION DE ACTAS DEL REGISTRO CIVIL realizará su trámite ante el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, sin importar el lugar del mundo en el que Usted se encuentre radicando, y sin tener que trasladarse para ello.

Resulta que no se trate de un simple machote como se piensa ya que para poder hacer el cambio de nombre se tiene que demostrar en juicio.

Que el cambio de nombre no implica actuar de mala fe, no se contraría la moral, no se defrauda ni se pretende establecer o modificar la filiación, ni se causa perjuicio a tercero.

 

Como podemos ver no se trata de llenar un simple machote si no que en realidad se tiene que demostrar en juicio la  necesidad y que con ello no se incurra en una falta.

 

 

Consultas

Las consultas tienen un costo de $650.00 puede pagarlas con tarjeta de crédito o debito

 

Lic.  Zepeda.

Calle Leandro Valle N° 11, Col. Centro Municipio de Atizapán de Zaragoza Estado de México.

 

 
 
 

 

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