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     ¿LO DESPIDIERON?

            A CUANTO Asciende su Indemnización

Si usted es trabajador de planta tendrá derecho a demandar su reinstalación o el pago de sus indemnizaciones; esto es a su elección.

 

Pero antes de intentar cualquier demanda, trate de arreglarse extrajudicialmente, esto es, fuera de demanda; con su patrón, así para saber a cuanto asciende su indemnización a que tiene derecho, proceda a realizar los siguientes cálculos:

 

1. Tres meses de salario completo o integro; esto es que todas las prestaciones en dinero o cosas que reciba por la prestación de su servicio deberán consi­derarse como partes del salario.

 

2. Si la relación de trabajo fuere por tiempo determinado menor de un ano; tiene derecho a una cantidad igual al importe de los salarios de la mitad del tiempo de los servicios prestados; si el tiempo determinado es mayor de un ano; tendrá derecho a una cantidad de 6 meses de salario por el primer ano de servicios prestados mas 20 días por año trabajado.

 

3. Si la relación del trabajo es por tiempo indeterminado, será de 20 días por año trabajado (para hacer el cálculo diario; es cuestión de tomar en cuenta el salario de los tres últimos meses pagados, sumarlos y dividirlos entre tres, lo que nos resultara el promedio mensual de pago el cual puede dividirse en 30 días y el resultado nos dará un día de indemnización, el cual podrá ser multiplicado por 20 días por cada año trabajado).

 

4. Tiene el derecho a que se le paguen todos los salarios caídos; estos son los salarios que no pudo cobrar a raíz del despido y se computan desde el último salario recibido, hasta que la Junta de Conciliación y Arbitraje decrete el despido o en su caso la reinstalación; en este último caso tendrá derecho a cobrar los salarios caídos o salarios que debió de haber recibido, pero no así las otras indemnizaciones, ya que el resultado de su demanda es uno u otro, esto es o me indemnizas o me reinstalas.

5. -Tiene derecho al pago de una prima de antigüedad consistente en 12 días por año  trabajado, calculadas a razón del doble salario mínimo por día. Haya sido separado:
justificada o injustificadamente de su trabajo. Incluso este derecho se tiene también en
la separación voluntaria por parte del trabajador cuando cuenta con 15 años de servicio prestado. Siempre y cuando sea trabajador de planta.

6. El pago de vacaciones a las que tiene derecho los trabajadores de más de un ano de servicios las cuales no podrán ser inferiores a 6 días laborales al año; aumentándose dos días más por cada año trabajado hasta Ilegar  a 12 días por año; y después de cuatro años trabajados se aumentaran dos días por cada cinco años trabajados. En este rubro hay que ser muy especiales y si tiene usted derecho ya a sus vacaciones más vale las tome; ya que de no ser así su derecho a reclamarlas precluye, esto es se termina en un solo año de conformidad con lo dispuesto al Art. 516 de la Ley Federal del Trabajo.

7. La ley también le otorga un derecho de Prima Vacacional la cual no será menor
del 25% sobre los salarios que le correspondan en su periodo vacacional.

8. El pago de los correspondientes Reparto de Utilidades siendo que esto depen­de mucho de las condiciones generales del trabajo y el periodo en que la empresa está obligada a liquidarlos.

9. Tal vez le deban salarios por trabajos en horas extras o cuando haya laborado en días de descanso obligatorio por lo que es bueno hacer la reclamación y que sea la Junta de Conciliación y Arbitraje la cual a base de las constancias que se inscriban en su expediente, pueda hacer el cálculo de estas.

10. El pago de las primas Dominicales del 25% sobre el importe del día domingo en caso de que proceda.

11. El aguinaldo o su parte proporcional según sea el caso.

 

Estos son los rubros de indemnización que en un momento determinado podría usted demandar en caso de despido, y UNA NOTA DE SUMA IMPORTANCIA CONSISTE EN EL HECHO DE QUE DISPONE USTED DE TAL SOLO DOS MESES PARA DEMANDAR SUS LIQUIDACIONES, YA QUE PRESCRIBE 0 TERMINA SU DERECHO EN ESTE TIEMPO; ESTOS DOS MESES LO DEBE DE CONTAR A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE DE LA SEPARACIÓN.

 

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Pregunta

              Trabaje en un hotel turístico ubicado en el centro de la ciudad ,alrededor de 10 meses interrumpidos , pero el pasado 21 de abril me empezaron a descansar por lo de la influenza , estamos a Junio 9 y no ha habido trabajo. Yo pregunte qué pasaba y ellos me dijeron que no entraba en sus planes , y me darían mi finiquito , hoy llame y me dijeron que me darían $1, 600.00 pesos por 10 meses trabajados , quiero saber si es lo que me corresponde , yo ganaba $2,000.00 pesos quincenales, me están presionando para que firme tengo chance de reclamar más ? quiero saber para poder demandar o no.

Respuesta

Hola

La ley federal del trabajo establece

Artículo 50

          I. Si la relación de trabajo fuere por tiempo determinado menor de un año, en una cantidad igual al importe de los salarios de la mitad del tiempo de servicios prestados; si excediera de un año, en una cantidad igual al importe de los salarios de seis meses por el primer año y de veinte días por cada uno de los años siguientes en que hubiese prestado sus servicios;

Si fue por tiempo determinado y como solo trabajo 10 meses le corresponderían 5 meses de salario esto sería $20,000.00  (Veinte mil peso de indemnización.)

          II. Si la relación de trabajo fuere por tiempo indeterminado, la indemnización consistirá en veinte días de salario por cada uno de los años de servicios prestados; y

Si fue por tiempo indeterminado en  su caso se tiene que sacar de inicio el total de un año si al mes ganaba $ 4,000.00 se divide por 30 días, esto es igual a $133.00.

Su sueldo diario es de $133.00 y se le tiene que multiplicar 20 días, igual a $2,660.00 se tiene que dividir entre 12 meses. $221.00 y se multiplica por los 10 meses que trabajo y que le corresponde que le paguen $2,210.00.

 

            III. Además de las indemnizaciones a que se refieren las fracciones anteriores, en el importe de tres meses de salario y en el de los salarios vencidos desde la fecha del despido hasta que se paguen las indemnizaciones.

$4,000.00 x 3 = 12,000.00

Si fue por tiempo determinado le corresponden $20,000.00  más 3 meses 12,000.00 en total le tienen que pagar. $32,000.00.

Si fue por tiempo indeterminado  le corresponden $2,210.00, mas 12,000.00 en total le tendrían que pagar $14,210.00.

 

   
       
       
 

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